El proyecto, que continuará su tramitación en el Senado, amplía las conductas sancionadas por obstrucción de la circulación y refuerza las penas en casos que afecten servicios de emergencia.
SANTIAGO, CHILE – La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este miércoles, en general, el proyecto conocido como Ley Antibarricadas 2.0, iniciativa que ahora pasará a su segundo trámite constitucional en el Senado. La propuesta obtuvo 89 votos a favor, 41 en contra y 3 abstenciones, mientras que parlamentarios del Frente Amplio y el Partido Comunista formularon reserva de constitucionalidad respecto del texto.
El proyecto busca modificar la Ley N.º 21.208, vigente desde 2020, que incorporó al Código Penal sanciones para quienes interrumpan completamente la libre circulación en la vía pública mediante violencia, intimidación u obstáculos. La nueva propuesta amplía ese marco legal, incorporando como conductas sancionables la obstaculización total o parcial de la circulación de personas y vehículos, así como acciones que afecten el funcionamiento regular de servicios de transporte público o privado.
En ese contexto, el diputado por la Región del Maule, Benjamín Moreno, valoró el avance de la iniciativa y sostuvo que el proyecto distingue entre el ejercicio del derecho a manifestarse y las acciones que afectan la seguridad y la movilidad de las personas.
«Manifestarse pacíficamente es un derecho que debemos resguardar, pero eso es muy distinto a instalar o incendiar barricadas, bloquear calles o impedir que miles de personas puedan llegar a sus trabajos, llevar a sus hijos al colegio o simplemente desplazarse con normalidad. Cuando estas acciones afectan la vida cotidiana y ponen en riesgo a otros, el Estado debe contar con herramientas para actuar y sancionar a quienes correspondan», afirmó el parlamentario.
Entre los principales cambios, la iniciativa establece que ya no sería necesario acreditar violencia o intimidación para configurar el delito en determinados casos. Además, considera como infracciones la instalación de obstáculos, la ocupación no autorizada de vías de circulación, la interposición de vehículos y otras acciones que alteren el funcionamiento de los sistemas de transporte. El texto aprobado también incorporó una indicación que excluye su aplicación cuando una persona ejerza legítimamente su derecho de reunión, huelga o manifestación pacífica.
Sanciones y protección de servicios de emergencia
La iniciativa contempla sanciones de mayor gravedad para quienes actúen con violencia o intimidación, instalen o incendien barricadas que representen un riesgo para las personas o impidan el funcionamiento de servicios de transporte y el desplazamiento de vehículos de emergencia.
Sobre este punto, el diputado Moreno destacó la importancia de resguardar el tránsito de ambulancias, Bomberos y otros servicios esenciales.
«Impedir o retrasar el paso de una ambulancia, de Bomberos o de un vehículo de emergencia puede tener consecuencias gravísimas. En una emergencia, cada minuto cuenta y una acción de este tipo incluso puede poner en riesgo la vida de una persona», señaló.
El parlamentario agregó que la iniciativa busca entregar mayores herramientas para enfrentar este tipo de situaciones, manteniendo resguardado el ejercicio de las manifestaciones pacíficas.
«Lo importante es que exista una señal clara de que la violencia y las acciones que deliberadamente afectan la seguridad de otras personas tienen consecuencias. El objetivo es contar con mejores herramientas para actuar frente a este tipo de hechos y evitar que queden impunes», concluyó.
Tras su aprobación en la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto continuará ahora su discusión en el Senado, donde deberá cumplir su segundo trámite constitucional antes de continuar su proceso legislativo.






