Con el fin de anticiparse al peligro que pudieran representar desbordes y eventuales perjuicios en infraestructura pública o comunidades producto de las lluvias previstas entre mayo y septiembre, la Dirección General de Aguas (DGA) del MOP O’Higgins ha emitido una instrucción a todas las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y usuarios con obras de captación en cauces naturales de la región. Se ordena el cierre de las bocatomas y el retiro de todos los elementos adicionales a las captaciones que puedan entorpecer el libre escurrimiento de las aguas.
La seremi María de los Ángeles Latorre señaló que «la DGA tiene la facultad de vigilar las obras de captación en cauces naturales con el objeto de evitar perjuicios en las obras de defensa, caminos, personas, poblaciones y otros bienes, por eso se emite esta instrucción de modo preventivo».
Por su parte, la directora regional de Aguas, Dayanna Aravena, indicó que «funcionarios de nuestra dirección se encontrarán fiscalizando el cumplimiento del cierre de bocatomas en la región, y quienes tengan obras de captación en los cauces naturales, deben cerrar las bocatomas de sus canales y retirar todos los elementos adicionales a las captaciones que puedan entorpecer el libre escurrimiento de las aguas».
Asimismo, aquellos con captaciones rústicas deberán realizar los cierres con materiales adecuados, habilitando los cauces de descarga para que posibles excesos de agua puedan ser desviados convenientemente, evitando así afectar las áreas aledañas al cauce, especialmente en poblaciones, caminos u otras obras.
La instrucción también se aplica a personas u organizaciones responsables de la administración de tranques y embalses, quienes deberán tomar todas las medidas necesarias para garantizar que el agua almacenada y sus excesos no pongan en peligro la vida o salud de los habitantes de las áreas circundantes.
Las organizaciones de usuarios deberán informar a las Direcciones Regionales de Aguas el nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico del encargado del control de bocatoma y compuerta del canal.
Por otro lado, los canales que conducen aguas destinadas a usos domésticos de subsistencia, industriales para la generación de energía o regadío para cultivos de invierno, podrán operar previa notificación a la DGA y cumpliendo ciertos requisitos. Estos incluyen mantener el acueducto en óptimas condiciones, contar con dispositivos adecuados para controlar el ingreso de agua durante crecidas y evacuar los excesos sin afectar a terceros, y disponer de personal competente para manejar la bocatoma, además de tener un plan de acción frente a crecidas.
Además, se deberá informar a la DGA, al municipio y delegación provincial correspondientes, el nombre del cauce, su localización (comuna, sector), punto de captación de las aguas, período de operación y el nombre de la persona encargada de manejar la captación y el acueducto (nombre, teléfono, dirección, correo electrónico).
En caso de incumplimiento de las medidas ordenadas por la DGA, quienes se vean perjudicados y otras instituciones públicas podrán acudir al Juzgado de Policía Local y solicitar la aplicación de las multas correspondientes, que fluctúan entre las 51 UTM ($3.337.593) y 500 UTM ($32.721.500 aproximadamente), además de las acciones civiles o penales que puedan ejercerse.