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Corte de Apelaciones de Rancagua ordena indemnización millonaria por negligencia médica en Hospital Regional

En una decisión crucial, la Corte de Apelaciones de Rancagua ha fijado en $300.000.000 el monto total de las indemnizaciones por daño moral que el Servicio de Salud de O’Higgins deberá pagar debido a un retardo injustificado en la realización de una cesárea en el Hospital Regional de Rancagua. Este retraso resultó en secuelas neurológicas permanentes para un recién nacido.

El fallo unánime de la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia anterior del Segundo Juzgado Civil de Rancagua, aumentando la compensación a la madre del afectado a $80.000.000. Además, modificó la sentencia previa que había rechazado la legitimación activa del niño y el padre, asignando ahora indemnizaciones de $180.000.000 y $40.000.000, respectivamente.

El veredicto criticó severamente las acciones del personal médico del Hospital Regional de Rancagua, parte de la red asistencial del Servicio de Salud de O’Higgins, por la considerable tardanza en atender los síntomas de sufrimiento fetal evidentes desde las 16:35 horas del día del incidente. La cesárea necesaria solo se realizó a las 21:05 horas, exponiendo al feto a aproximadamente cuatro horas y media de condiciones adversas sin justificación médica.

«La prestación de un servicio público a través de un hospital estatal exige la provisión de cuidados médicos necesarios para evitar la exposición del paciente a riesgos innecesarios,» señaló el fallo, subrayando la responsabilidad del personal de actuar con mayor diligencia.

Además, el tribunal reconoció el sufrimiento extrapatrimonial del niño, subrayando que el dolor físico y las secuelas médicas permanentes resultaron directamente del retardo en la intervención quirúrgica. Aunque el niño presentaba condiciones médicas preexistentes, el tribunal aclaró que estas no influenciaron las complicaciones neurológicas surgidas.

El daño moral hacia los padres también fue reconocido, basado en los testimonios de la psicóloga Loreto Alejandra Ibarra Bugueño, quien detalló las severas consecuencias psicológicas y emocionales sufridas por los progenitores debido al estado de salud de su hijo postparto.

La decisión del tribunal fue llevada a cabo por los ministros Pedro Caro Romero, Michel Gonzalez Carvajal y la abogada (i) Ximena Carmona Torres, quienes coincidieron en la necesidad de una compensación que refleje tanto el daño sufrido como los esfuerzos de los demandantes por buscar justicia.

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