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Corte de Apelaciones eleva indemnización por deficiente atención médica que terminó con amputación de brazo en Rancagua

El tribunal confirmó la condena contra el Servicio de Salud de O’Higgins y aumentó a $60 millones la reparación por daño moral, considerando las consecuencias físicas, laborales y psicológicas sufridas por el paciente.

RANCAGUA, REGIÓN DE O’HIGGINS – La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la condena contra el Servicio de Salud de O’Higgins tras establecer que existió una atención médica deficiente en el tratamiento de un paciente, cuyo cuadro evolucionó hasta requerir la amputación de su brazo dominante.

Durante el proceso se acreditó que el afectado había advertido señales anormales en su extremidad mientras recibía atención en el Hospital Regional de Rancagua. Entre ellas se encontraba mal olor en el brazo, situación que incluso lo llevó a grabar uno de los controles efectuados por su médico tratante.

La Corte consideró este registro como un antecedente relevante, al estimar que permitía suponer que “esa situación no era una cuestión reciente o aislada”.

Según establece el fallo, durante la evolución del paciente se produjo la expulsión de un perno y material óseo, manifestaciones que fueron presentadas al afectado como normales, sin que posteriormente se realizaran procedimientos diagnósticos adecuados para determinar la magnitud del cuadro infeccioso.

“De los antecedentes probatorios valorados en la sentencia aparece que la expulsión de un perno y de material óseo fue explicada al paciente como una circunstancia normal, sin que se adoptaran, a partir de aquello, medidas diagnósticas idóneas destinadas a establecer la causa de tales manifestaciones y la entidad de la infección que afectaba al hueso”, señala la resolución.

Con estos antecedentes, y mediante fallo unánime, la Tercera Sala confirmó la sentencia impugnada y resolvió elevar de $40 millones a $60 millones la indemnización por concepto de daño moral que deberá recibir el paciente.

La resolución también abordó el impacto que tuvo para el afectado haber advertido previamente que algo no evolucionaba de manera normal y, pese a ello, recibir una explicación que descartaba inicialmente una situación de mayor gravedad.

“La circunstancia de haber advertido la existencia de un problema y recibir, no obstante, una respuesta que le hizo entender que la evolución observada era normal, para finalmente conocer meses después que la infección había alcanzado tal gravedad que la amputación constituía la alternativa necesaria para resguardar su vida, constituye un elemento adicional para apreciar la intensidad de la afectación experimentada”, añade la sentencia.

Para determinar el nuevo monto, el tribunal consideró además la edad del hombre, la pérdida de autonomía derivada de la amputación, las dificultades para continuar desarrollando su oficio de naturaleza física y las consecuencias psicológicas acreditadas durante el proceso.

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