El Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED) fue incluido en el Directorio de Información Comercial (Dicom) por incumplimientos en el pago de servicios contratados durante las emergencias recientes, incluido el megaincendio en la región de Valparaíso a principios de este año.
El 3 de octubre, SENAPRED confirmó mediante un oficio al Ministerio del Interior que mantiene deudas que lo sitúan en los registros de morosidad nacional. Este anuncio se produce tras indagaciones iniciadas por la diputada Francesca Muñoz (PSC), quien solicitó verificar los antecedentes de morosidad del servicio público.
A principios de este año, específicamente el 24 de enero, Muñoz había elevado una solicitud de información al Ministerio del Interior sobre la situación financiera de SENAPRED, alertada por pymes regionales en el Biobío, que reportaron impagos. Cluster Chile, una de estas empresas afectadas, presentó un recurso de protección en la Corte de Concepción por una deuda de $160 millones de pesos relacionada con servicios prestados durante la emergencia de 2023.
La deuda pendiente corresponde a servicios contratados en febrero de 2024 para combatir el megaincendio en Valparaíso, que resultó en 135 fallecidos y más de 8,000 viviendas dañadas. A raíz de la gestión de esta emergencia, el Presidente Gabriel Boric destituyó al entonces director de SENAPRED, Álvaro Hormazábal.
Desde SENAPRED explicaron al diario La Tercera, que las deudas actuales se deben al proceso de adquisiciones y suministros de emergencia necesarios para responder a las catástrofes y coordinar la ayuda humanitaria. El servicio trabaja bajo la modalidad de Convenio Marco y contratación directa, asegurando que los pagos están en trámite una vez que se finalizan los servicios y se recibe la documentación necesaria.
Ricardo Ibáñez, abogado y fundador de DefensaDeudores.cl, señala que no es raro que entidades públicas como SENAPRED se enfrenten a retrasos en los pagos, atribuidos a la burocracia y a la permisología del sistema público. «Es paradójico que el Fisco promueva la ley de pago a 30 días siendo uno de los principales incumplidores», comenta Ibáñez.}
Cabe señalar que en la ley mencionada una de las excepciones a la regla son los plazos de pago estipulados cuando el Estado es el comprador. Si bien se aplicará el plazo de pago de 30 días, se contempla un plazo de hasta 60 días en caso de licitaciones y contratos.