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Condenado por violación de menor de 14 años recurre a tribunales por rebaja de pena y reabre discusión sobre un problema legal que se arrastra desde hace varios años

Mientras no se resuelva la controversia sobre la aplicación de la reforma de 2022, condenados por delitos sexuales contra menores pueden seguir recurriendo a tribunales para solicitar rebajas de sus penas.

CHILE — Un nuevo caso conocido en Valparaíso vuelve a poner el foco sobre una controversia legal que permanece abierta: la aplicación de la Ley N.º 19.856 a condenados por delitos sexuales contra menores y el alcance de la reforma que los excluye de determinados beneficios de reducción de condena.

Un nuevo caso llegó a la justicia

De acuerdo con antecedentes publicados por Mega Investiga, un hombre condenado a cinco años y un día de presidio por violación de una menor de 14 años recurrió nuevamente ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso debido a que el Ministerio de Justicia no había dictado el acto administrativo correspondiente a su solicitud de reducción de condena.

El caso había comenzado meses antes. El 5 de junio, la Comisión de Reducción de Pena de Valparaíso resolvió excluir al condenado del beneficio, precisamente por tratarse de uno de los delitos contemplados en las restricciones establecidas por la legislación.

Tras esa determinación, la defensa recurrió de amparo ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, acción que fue acogida por el tribunal, que ordenó reincorporarlo al procedimiento y dispuso que su comportamiento fuera evaluado sin considerar la causal de exclusión incorporada en 2022, atendiendo a la legislación aplicable al momento en que fueron cometidos los hechos.

Posteriormente, la Comisión calificó su comportamiento como sobresaliente y los meses acumulados mediante el mecanismo habrían permitido proyectar como eventual fecha de egreso el 26 de octubre de 2026.

Sin embargo, el correspondiente acto administrativo no fue dictado antes de esa fecha, luego de que el Ministerio de Justicia suspendiera la tramitación de estos decretos en medio de la controversia nacional.

El 5 de noviembre, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió nuevamente el amparo y entregó al Ministerio de Justicia un plazo de 24 horas para dictar el acto administrativo que se pronuncie sobre la solicitud.

La resolución no ordenó directamente conceder la reducción de condena ni disponer la libertad del interno, sino que obligó al Ministerio a resolver formalmente la petición.

Una ley vigente desde 2003 y modificada en 2022

El origen del mecanismo se encuentra en la Ley N.º 19.856, publicada en 2003, que estableció un sistema de reducción de condenas basado en el comportamiento sobresaliente de las personas privadas de libertad.

La normativa permite descontar dos meses de condena por cada año de cumplimiento en que se mantenga esa calificación. A partir de la mitad de la pena, la reducción puede alcanzar tres meses por año.

Durante casi dos décadas, la legislación funcionó sin contemplar la actual exclusión específica para determinados delitos sexuales cometidos contra menores.

La situación cambió en febrero de 2022, cuando entró en vigencia la Ley N.º 21.421, que modificó el artículo 17 de la normativa e incorporó entre las exclusiones una serie de delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, la aplicación de esa prohibición respecto de condenados por hechos ocurridos antes de la entrada en vigencia de la reforma terminó generando interpretaciones contrapuestas y recursos ante los tribunales.

275 casos durante la administración anterior

La dimensión del problema no se limita a los 56 casos que actualmente mantienen bajo cuestionamiento al ministro de Justicia, Fernando Rabat. En medio de la controversia, el secretario de Estado sostuvo que durante el gobierno anterior se dictaron 275 decretos que concedieron este beneficio a personas condenadas por delitos sexuales contra menores.

El exministro de Justicia Luis Cordero abordó posteriormente ese antecedente y no desconoció la cifra, pero estableció una diferencia respecto de los actuales 56 casos: explicó que durante la administración anterior el Ministerio rechazaba inicialmente esas solicitudes conforme a la exclusión incorporada en 2022 y que eran los propios condenados quienes posteriormente recurrían a tribunales.

Según explicó Cordero, cuando las cortes acogían esos recursos, el Ministerio debía cumplir las resoluciones judiciales y dictar los correspondientes decretos, aun cuando administrativamente hubiese rechazado inicialmente el beneficio.

El Congreso comienza a discutir nuevas modificaciones

La controversia ha comenzado a trasladarse también al ámbito legislativo, con la presentación de iniciativas destinadas a interpretar o modificar la Ley N.º 19.856 y precisar la aplicación de las exclusiones establecidas en su artículo 17.

Entre las propuestas ingresadas se encuentran proyectos que buscan establecer expresamente la aplicación de las restricciones a las solicitudes presentadas bajo el actual régimen, además de incorporar otras modificaciones al procedimiento.

El debate legislativo adquiere especial relevancia porque una eventual responsabilidad política por los 56 decretos actualmente cuestionados no determina por sí misma cómo deberán resolverse las futuras solicitudes de condenados por hechos anteriores a la reforma de 2022.

El reciente caso de Valparaíso muestra precisamente que la vía judicial continúa disponible para quienes cuestionan su exclusión del beneficio, tal como ocurrió también con solicitudes tramitadas durante la administración anterior.

Una interrogante que se remonta a 2003

Las cifras públicas disponibles no permiten establecer el alcance histórico completo del mecanismo desde que la Ley N.º 19.856 entró en vigencia en 2003, ni determinar cuántas de las reducciones concedidas desde entonces significaron efectivamente una salida anticipada de prisión para condenados por delitos sexuales contra menores.

Por ello, más allá de las responsabilidades que puedan establecerse en el caso del ministro Rabat, permanece una pregunta que los antecedentes públicos disponibles todavía no permiten responder:

¿Cuántas personas condenadas por delitos sexuales contra menores accedieron a reducciones de condena bajo la Ley N.º 19.856 desde su entrada en vigencia en 2003 y cuántas recuperaron anticipadamente su libertad gracias a este beneficio?

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